ValencianoCastellano

Quart de Poblet

Información general

La calidad del aire viene determinada por la presencia en la atmósfera de sustancias contaminantes, definiendo éstas como toda sustancia que al ser introducida directa o indirectamente en la atmósfera puede causar efectos nocivos sobre la salud humana o el Medio Ambiente.

En función de su origen los contaminantes se pueden clasificar en primarios y secundarios. Los contaminantes primarios son aquellas sustancias que son vertidas directamente a la atmósfera por fuentes emisoras tales como vehículos motorizados o procesos industriales, como son el monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx) o los óxidos de azufre (SOx). Estos contaminantes primarios pueden sufrir transformaciones por reacciones físicas y/o químicas en el seno de la atmósfera, dando lugar a los contaminantes secundarios, como son ozono (O3) o los nitratos de peroxiacilo (PAN).

Independientemente de los efectos nocivos que cada contaminante tiene por su propia naturaleza química sobre el Medio Ambiente, estos generan problemas a escala global como son el efecto invernadero, la acidificación del medio, el smog fotoquímico y la destrucción de la capa de ozono.

Además, en lo que respecta a la afección directa a la ciudadanía, puede conllevar diferentes grados de problemas para la salud que van desde dolores de cabeza o irritación de las mucosas hasta problemas graves de respiración o de forma extrema problemas neurológicos.

Por todo lo comentado anteriormente desde hace décadas se están llevando a cabo políticas internacionales para disminuir las concentraciones de contaminantes atmosféricos a escala global, prohibiendo una serie de compuestos o limitando las concentraciones de emisión o inmisión de muchos otros.

Debido a que los contaminantes no entienden de fronteras es importante la coordinación entre todas las administraciones, ya sea a escala europea, estatal, autonómica o incluso local, para conseguir los objetivos fijados. La legislación actual en materia de calidad atmosférica viene definida por la Ley 102/2011 del 28 de enero, que a su vez incorpora al derecho nacional la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa. En dicha Ley aparecen los valores objetivo a largo plazo y los valores límite que no deben sobrepasarse para evitar afección tanto a las personas como a la naturaleza. En caso de sobrepasar dichos valores se deberán tomar las medidas oportunas para conseguir disminuirlos.

En lo que respecta a la Comunitat Valenciana es el Centro de Control de la Calidad del Aire (Conselleria d'Agricultura, Medi Ambient, Canvi Climàtic i Desenvolupament Rural) el que se encarga de las competencias transferidas por parte del Estado, además también planifica el desarrollo de la Red Valenciana de Vigilancia y Control de la Contaminación Atmosférica, realizando mediciones e informando a la ciudadanía en caso necesario.

 

Publicado el: 30 de Julio de 2015
Indicadores de transparencia
Boton Administración Electronica Botón acceso directo Ordenanza Bienestar Animal Boton Cita Previa Generico Acceso pague sus recibos online Imagem OVT
PGOU Perfil Contratante
FEDER EDUSI Fondo Social Europeo Instancias generales Facturación Electrónica FACe imagen Prueba calendario fiscal 2015 Periodo Medio de Pagos a Proveedores Banner de acceso a PMUS Farmacias de Guardia Quart és Cultura Memoria Histórica del ayuntamiento portal_consumidor
Auditori Moli de Vila Ciutat Esportiva Banner de turismo Acceso QuartJove Portal del comerciante
Web Centro de Empleo y Desarrollo Imagen de la Web de Dona Banner Educació
Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, 
	de las Directrices de Accesibilidad para el 
	Contenido Web 1.0 del W3C-WAI

Ajuntament de Quart de Poblet
Plaza del País Valencià 1. 46930 Quart de Poblet (Valencia)
Teléfono:96 153 62 10 | Fax:96 152 13 12
Correo electrónico:info@quartdepoblet.org

Aviso legal y Política de Privacidad